Podrá darse el tratamiento de equipaje no acompañado, A requerimiento del interesado, para bienes contenidos en Envíos procedentes de un país en el que haya estado o residido (Artículo 58 del Decreto nº 1.789 / 1996). Receta Federal.
• Muebles y otros bienes de uso doméstico;
• Herramientas, máquinas, aparatos e instrumentos Necesarios para el ejercicio de su profesión, arte o De oficio, individualmente considerado.
• Servicio personalizado;
• Profesionales capacitados;
• Establecida en un lugar de fácil acceso;
• Información precisa de la carga, desde el origen hasta su destino;
• Trabaja dentro de todas las normas vigentes del sector
De transporte aéreo;
• Asociaciones calificadas con similar calidad de atención;
• Agentes calificados en todos los principales puntos del mundo;
• Consultoría necesaria para sus clientes sobre todo
El proceso implicado.